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viernes, 20 de agosto de 2010

Resuelve el TJEA de Chiapas juicios de nulidad de Amatán y Simojovel

En sesión celebrada este jueves 19 de agosto el pleno del Tribunal de Justicia Electoral y Administrativa del Poder Judicial del Estado de Chiapas, resolvió que el Instituto de Elecciones y Participación Ciudadana haga el recuento de votos en los Municipios Amatán y Simojovel de Allende.

AMATAN:
Número de Expediente: TJEA/JNE-M/33-PL/2010
R e s u e l v e

PRIMERO. Es fundada la pretensión de realización de cómputo municipal, formulada por la coalición “Unidad por Chiapas”, a través de su representante, Eder Oswaldo Calderón Orantes y Apolinar Roger Pola Alegría, en su carácter de candidato a presidente municipal de la referida coalición; en el juicio de nulidad electoral TJEA/JNE-M/33-PL/2010, en contra del cómputo de la elección, la entrega de la constancia de mayoría y la declaración de validez de la elección de miembros de ayuntamiento en el municipio de Amatan, Chiapas, emitidos por el Consejo Municipal Electoral de Amatan, Chiapas.

SEGUNDO. Se ordena realizar el cómputo municipal al Consejo General del Instituto de Elecciones y Participación Ciudadana del Estado de Chiapas, debiendo observar lo dispuesto por el Libro Cuarto, Título Cuarto, Capítulo III del Código de Elecciones y Participación Ciudadana del Estado de Chiapas; esto es observando el procedimiento establecido en el artículo 306 del Código comicial y en su caso, lo establecido en el Capítulo V de dicho libro denominado Del recuento de votos en la totalidad de las casillas en las sesiones de cómputo distrital o municipal, que comprende del artículo 319 al 323 del citado ordenamiento.

TERCERO. La diligencia será llevada a cabo en las instalaciones que ocupa el Instituto de Elecciones y Participación Ciudadana, ubicado en periférico sur poniente número dos mil ciento ochenta y cinco, colonia Penipak, de esta ciudad de Tuxtla Gutiérrez, Chiapas; dentro de los tres días siguientes a la notificación de la presente determinación, debiendo hacer del conocimiento de la fecha y hora fijada para tal efecto a este órgano jurisdiccional, así como a todos los partidos políticos o coaliciones contendientes en la elección de miembros de ayuntamiento en el municipio de Amatán, Chiapas.

CUARTO. Hecho lo anterior, deberá hacer del conocimiento el resultado a este Tribunal de Justicia Electoral y Administrativa del Poder Judicial del Estado de Chiapas.


SIMOJOVEL:
Número de Expediente: TJEA/JNE-M/47-PL/2010
R e s u e l v e

PRIMERO. Es parcialmente fundada la pretensión de nuevo escrutinio y cómputo, derivado del juicio de nulidad electoral TJEA/JNE-M/47-PL/2010, promovido por Ulises de Jesús Castañeda Cruz, representante de la Coalición Unidad por Chiapas.

SEGUNDO. Se ordena hacer nuevo escrutinio y cómputo de la votación recibida en veinticinco casillas de las instaladas en el municipio de Simojovel de Allende, Chiapas, mismas que se precisaron en el Considerando Tercero de esta resolución.

TERCERO. La diligencia será llevada a cabo por el Consejo General del Instituto de Elecciones y Participación Ciudadana, dentro de los cuatro días siguientes a la notificación de la presente determinación, debiendo hacer del conocimiento de la fecha y hora fijada para tal efecto a este órgano jurisdiccional, así como a todos los partidos políticos o coaliciones contendientes en la elección de miembros de ayuntamiento en el municipio de Simojovel de Allende, Chiapas.

CUARTO. Hecho lo anterior, deberá hacer del conocimiento el resultado a este Tribunal de Justicia Electoral y Administrativa del Poder Judicial del Estado de Chiapas.

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