Protección Civil de Chiapas

Canción de Pichucalco

Cuenta regresiva en el poder:

miércoles, 11 de agosto de 2010

Ostuacán y Chiapa de Corzo Vs Comisión Federal de Electricidad

Amet Samayoa Arce
Columna: Tarot Político

Tuxtla Gtz., Chiapas; 10 de agosto de 2010

Litigio indeterminado
En este espacio enteramos que a mediados del mes pasado, la Comisión Federal de Electricidad no pudo cubrir el salario de su personal porque sus cuentas bancarias se encontraban embargas, por consecuencia de un litigio con los Ayuntamientos de Ostuacán y Chiapa de Corzo. Este proceso sigue su curso en los tribunales federales, luego de que ambos gobiernos municipales reclaman el pago de los impuestos prediales por las superficies que ocupan las presas: La Angustura, Chicoasén y Peñitas. El monto reclamado asciende a diez mil millones de pesos, correspondientes a los años 2006-2010. Efectivamente, todas las cuentas bancarias tanto locales como a nivel nacional que tiene la paraestatal fueron embargadas, ocasionándose un trastorno en la dinámica de la Comisión Federal de Electricidad, puesto que además de los salarios, quedó imposibilitada para realizar los pagos a proveedores, así como de las estimaciones de obras que realiza la empresa en distintas partes de la República.

Ostuacán y Chiapa VS CFE
Flot Angel Jiménez Jiménez
Alcaldesa de Ostuacán
Es un caso que resulta confuso y complejo, puesto que en tanto los Ayuntamientos mencionados fundamentan conforme a derecho su reclamo y acusación, la paraestatal justifica que los bienes inmuebles, por criterio del poder judicial de la federación y por decretos establecidos, se encuentran exentos del pago de impuestos prediales. Por lo pronto y luego del embargo de las cuentas bancarias, trasciende que tanto los funcionarios municipales como el notificador ejecutor, serán citados a la delegación de la Procuraduría General de la República, porque los actos efectuados pueden ser catalogados como un delito, independientemente de que con posterioridad puedan ser demandados los Ayuntamientos, por pago de daños y perjuicios. Se dice lo anterior, toda vez que el jurídico de dicha paraestatal interpuso diversos juicios de amparos indirectos ante un Juez Federal de esta Entidad, los cuales fueron admitidos en su totalidad y se concedió la suspensión provisional y definitiva, para el efecto que fueran levantados de manera provisional los embargos a las cuentas bancarias referidas. Por otro lado, se sabe que el Tribunal Colegiado que conoció el asunto, declaró infundada la demanda interpuesta contra la CFE y dispuso de una multa a los acusadores. Insistimos, este caso aún se ventila en la corte y habría conocer el veredicto final, mismo que aquí anotaremos oportunamente.

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